Cumplimiento de la Ley General de Discapacidad

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El objetivo principal de la Ley General de Discapacidad (LGD) (Real Decreto Legislativo 1/2013) es el de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.

Para ello, en el área de la inclusión laboral se dispone que las empresas con 50 o más empleados deben contar con un mínimo del 2% de trabajadores con discapacidad en su plantilla. Y de esta manera favorecer a la empleabilidad de los profesionales con discapacidad, sensibilizar a los empleados que ya forman parte de la empresa y formar un equipo interdisciplinar.

No obstante, en ocasiones para las empresas es complicada la contratación. Por esta razón, la ley nos permite cumplir con ella a través de la obtención del Certificado de Excepcionalidad y posterior aplicación de las medidas alternativas, con una vigencia máxima de 3 años. Siempre con el objetivo último de cumplir con dicha ley a través de la contratación.

Para la obtención del certificado deben cumplirse las siguientes circunstancias:

  • Las empresas deben acreditar la existencia de razones organizativas, productivas, técnicas o económicas que dificulten seriamente la incorporación de personas con discapacidad a sus plantillas.
  • Los Servicios Públicos de Empleo no pueden atender las ofertas de empleo para trabajadores con discapacidad presentadas por la empresa o bien sean éstos los que renuncien a esta oferta.

Para más información consulta el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social