¿Qué es el Certificado de Discapacidad?

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Se estima que más de mil millones de personas tienen alguna discapacidad, es decir alrededor del 15% de la población mundial.

El reconocimiento de dicha discapacidad mediante el certificado que la abale, es un mecanismo de protección pública que tiene como objetivo apoyar mediante beneficios sociales a aquellas personas que tengan alguna discapacidad ya sea congénita, hereditaria o adquirida.

Este grado de discapacidad se evalúa a través de un baremo estatal que tiene en cuenta tanto la circunstancia de la propia persona como los factores sociales que la rodean como el entorno familiar, la situación laboral, educativa y cultural.

Dicho baremo está regulado por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

El proceso para la solicitud del mismo es:

  1. Contacto con la Consejería de Asuntos Sociales del Ayuntamiento en cuestión o Centro Base de Atención a Personas con Discapacidad más cercanos al solicitante.
  2. Presentación de la solicitud
  3. Reconocimiento y valoración
  4. Dictamen Técnico-Facultativo
  5. Trámite de Audiencia
  6. Obtención de la resolución

El equipo de valoración y orientación está compuesto por:

  • Un/a médico
  • Un/a psicólogo/a
  • Un/a trabajadora social

Además de determinar el grado de discapacidad fijan si el grado de discapacidad tiene que ser revisado periódicamente o si tendrá un valor indefinido.

A partir del 33% de discapacidad se reconoce la condición de persona con discapacidad.

Beneficios sociales:

  • Pensión no contributiva
  • Prestación familiar por hijo/a a cargo
  • Orientación para ingreso en Centros, tratamientos
  • Beneficios fiscales: Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
  • Impuesto sobre sociedades (IS)
  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones
  • Impuesto sobre el valor añadido (IVA)
  • Impuesto especial sobre determinados medios de transporte (IEDMT)
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
  • Servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean autonómicos, municipales o estatales, etc.

Beneficios para las empresas por contratar profesionales con discapacidad

están recogidas en el Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores con discapacidad. Entre ellas destacan las siguientes:

  • Subvención destinada a la adaptación del puesto de trabajo del trabajador con discapacidad.
  • Subvención por cada contrato a tiempo completo.
  • Deducción de la cuota del Impuesto de Sociedades.
  • Bonificación de las cuotas empresariales de la Seguridad Social.