Entendemos como “Diversidad” “a la variedad, a la infinidad o a la abundancia de cosas diferentes, a la multiplicidad de elementos, características, perspectivas o manifestaciones que existen dentro de un conjunto o sistema”. Fuente: www.significados.com

Dentro del término “diversidad” podemos distinguir a nivel social entre diversidad de género, generacional, funcional, origen, cultura, religión y LGTBIQ+.

Con el objetivo de normalizar y promover esta diversidad en nuestra sociedad actual, se regula la obligatoriedad de realizar y tener en vigor el Plan de Gestión de la Diversidad a nivel empresarial en aquellas empresas con más de 50 empleados.

¿De qué se compone el Plan de Gestión de la Diversidad?

  1. Diagnóstico de la situación: analizar la empresa y su entorno, sus avances y carencias en gestión de la diversidad. Desde las perspectivas: organizacional, ética y social.
  2. Elaboración los objetivos en gestión de la diversidad.
  3. Definición del plan de acción para la consecución de los objetivos. Medidas a implementar de diversidad de género, generacional, funcional, origen, cultura, religión y LGTBIQ+
  4. Comunicación interna y externa del Plan de Gestión de la Diversidad
  5. Programación de las necesidades de recursos humanos, técnicos, materiales y financieros destinados al plan de gestión de la diversidad.
  6. Ejecución y seguimiento de medidas adoptadas.

Beneficios del Plan de Gestión de la Diversidad             

  • Aumento del rendimiento, motivación e implicación del equipo.
  • Apertura a nuevo talento y creación de equipos diversos.
  • Comunicación en equipos más diversos.
  • Cumplimento de la normativa legal y acceso a ventajas, incentivos y subvenciones que puedan establecer las administraciones públicas.
  • Mejorar la imagen corporativa
  • Aumento de ventajas competitivas.
  • Sensibilización, erradicación de prejuicios y visibilidad de los valores corporativos.

Normativa Aplicable

  • Constitución Española de 1978( art.9.2 y 14).
  • Art. 314 Código Penal. Art. 4.2, 17 y 54.2 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU).
  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
  • Ley 15/2022 de 12 de julio, Integral para la Igualdad de Trato y la no discriminación.
  • Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad sexual.

Desde Zauma Inclusión y Diversidad, ofertamos este servicio para el uso de la Medida Alternativa. Nuestro equipo de expertos ayuda a la empresa a planificar, ejecutar y evaluar la estrategia de gestión de la diversidad adecuada a la situación específica de cada organización, independientemente del sector y de su tamaño, y así poder incorporarla a su planificación estratégica.